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jueves, 13 de marzo de 2008

VARIOS:



Impugnada una candidatura de un colegio profesional por no respetar la paridad

El Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos decide hoy si la Ley de Igualdad afecta a sus procesos electorales

RAFAEL J. ALVAREZ

MADRID. - ¿Hasta dónde llega la Ley de Igualdad? ¿La paridad afecta a todas las elecciones, por sectoriales que sean? ¿Debe una candidatura a presidir un colegio farmacéutico respetar esa norma de empate entre sexos? En La Rioja, unos y otros tienen muy claras las respuestas, pero la contestación final, el sí o el no definitivos, no llegará hasta hoy... y desde Madrid.

El Consejo General de Colegios Farmacéuticos de España se reúne esta mañana para estudiar una pregunta curiosa planteada desde un trocito de la Península.

El próximo 14 de abril se celebran elecciones al Colegio de Farmacéuticos de La Rioja con dos candidaturas cara a cara. Una de ellas, la presidida por Juan Aparici, ha impugnado ante la Mesa Electoral a la otra, que dirige José Javier Vázquez, por «contravenir la Ley de Igualdad y no respetar la paridad en las listas electorales».

Aparici cuenta que en su equipo electoral se presentan cinco hombres y cinco mujeres, mientras que en el de Vázquez hay ocho hombres por dos mujeres. Como apoyo sociológico a su tesis, Aparici dice que el 70% de los colegiados de La Rioja es mujer y el 30%, hombre.

La Ley de Igualdad obliga a una «presencia equilibrada de mujeres y de hombres» en las personas que lideren «órganos directivos de la Administración General del Estado y organismos públicos vinculados o dependientes de ella, considerados en su conjunto, cuya designación le corresponda».

La norma aprobada en 2007 en el Parlamento valora como «presencia equilibrada» que cada sexo no supere el 60% de representación ni sea menor del 40%.

La candidatura de Aparici considera que un colegio profesional «es una corporación de derecho público, aunque de base privada», y sostiene que la Ley de Igualdad «es de obligado cumplimiento en unas elecciones en un colegio profesional en su vertiente pública». Para los expertos que han redactado la impugnación, el Colegio Oficial de Farmacéuticos «es considerado Administración Pública».

La denuncia aborda también la faceta privada -que trata el artículo 75 de la Ley de Igualdad- y señala que las sociedades «obligadas a presentar cuentas de pérdidas y ganancias procurarán incluir en su Consejo de Administración un número de mujeres que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en un plazo de ocho años».

La queja de Aparici cita el artículo 4 de esa ley y defiende con rotundidad que el principio de igualdad de trato «se debe garantizar en cualquier organización cuyos miembros ejerzan una profesión concreta». «Las normas jurídicas reguladoras del Colegio Oficial de Farmacéuticos de La Rioja, y en particular las relativas a su régimen electoral, no pueden constituir una excepción que quede al margen de la aplicación del principio de igualdad de trato».

Agarrándose a todos esos argumentos, los denunciantes niegan que la Ley de Igualdad afecte sólo al régimen electoral general.

Así, a finales del pasado febrero pidieron que la candidatura rival fuera impugnada.

La Mesa Electoral pidió entonces opinión al asesor jurídico del Colegio Oficial de Farmacéuticos de La Rioja. El informe correspondiente desmonta las quejas de Aparici y, aunque reconoce que los colegios profesionales «son corporaciones de derecho público», afirma que los propios estatutos del Colegio riojano «no tienen ninguna disposición específica que regule la paridad en las candidaturas».

Además, asegura que la Ley de Régimen Electoral General «no se refiere» a los colegios profesionales, y que la de Igualdad «solamente modifica el régimen electoral general».

Para el representante legal del propio Colegio de La Rioja, la norma estatal que salvaguarda la paridad no afecta a los colegios profesionales «por la propia naturaleza de los mismos», porque en entidades de derecho privado «la ley se aplicará de manera mesurada» y porque, para todo lo que esté fuera del régimen electoral general, «la Ley de Igualdad fija criterios a seguir, pero no impone un régimen determinado de participación a hombres y mujeres».

Aparici recurrió ese informe y pidió que la Mesa Electoral enviara la cuestión al Consejo General de Colegios, dentro de cuyas paredes se dirimirá hoy cuánta paridad cabe en las urnas de las boticas.



El CGPJ se dirigirá a Zapatero para que Ibarretxe cumpla la ley de banderas

El órgano de gobierno de los jueces descarta comprar los mástiles y las enseñas nacionales para los que el Gobierno vasco dice no tener dinero

MARIA PERAL

MADRID.-
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer dirigirse al Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, «a fin de que se adopten las medidas oportunas para el cumplimiento» de la Ley de Banderas en las sedes judiciales del País Vasco.

La decisión fue adoptada por 13 votos a favor y dos abstenciones después de un largo debate sobre la comunicación que la Sala de Gobierno del Tribunal Superior del País Vasco dirigió al CGPJ el pasado día 15. En un acuerdo unánime, la Sala de Gobierno de los jueces vascos pidió al Consejo que, «con la máxima urgencia, adopte cuantas decisiones y medidas correspondan para asegurar el acatamiento y cumplimiento efectivos» de la Ley de Banderas. Esta norma obliga a que la enseña nacional ondee de forma preferente en todos los edificios públicos, lo que no sucede en las fachadas de los juzgados y tribunales situados en la comunidad vasca.

La Sala de Gobierno del Tribunal vasco recurrió al CGPJ en el marco de un expediente de queja que se tramita desde finales de 2006 y al cual la Administración competente (la Consejería de Justicia del Gobierno vasco) ha contestado que no tiene presupuesto para mástiles ni para banderas españolas.

A la vista de la respuesta, el vocal Juan Pablo González propuso ayer al Pleno del Consejo que esta institución sufragara el coste de los mástiles y de las enseñas nacionales para los que el Ejecutivo vasco dice no tener dinero. Esta propuesta sólo contó con tres votos: el del propio González y los de Carlos Ríos y Enrique López.

Para el resto de los vocales, el órgano de gobierno del Poder Judicial carece de competencias para intervenir, por la vía de hecho de colocar directamente los mástiles y las enseñas, en unos inmuebles que no son de su propiedad, sino del Gobierno vasco.

A partir de esta constatación, se sucedieron otras propuestas que no cuajaron (comprar las banderas y donarlas al Gobierno autonómico, enviar a los dos vocales territoriales para que se reúnan con el Ejecutivo vasco) hasta llegar a la solución planteada por Luis Aguiar y José Luis Requero. Estos dos consejeros, propuestos por el PSOE y el PP, respectivamente, subrayaron que el único órgano competente para actuar ante el incumplimiento de la legalidad en una comunidad autónoma es el Gobierno de la Nación.

El CGPJ se dirigirá, así, a José Luis Rodríguez Zapatero para que envíe al lehendakari Ibarretxe el requerimiento previsto en el artículo 155 de la Constitución.

La decisión no recibió votos en contra, aunque los vocales Montserrat Comas y Félix Pantoja, propuestos por el PSOE e IU, se abstuvieron. Según Comas, el Consejo General del Poder Judicial carece de competencias para adoptar ese acuerdo por tratarse de una materia de naturaleza jurisdiccional, ante lo cual la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia debería haberse dirigido a la Abogacía del Estado solicitando la activación de los mecanismos legales procedentes.

Eligen a nuevos jueces para el Supremo
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TAMBIEN LA ABOGACIA PIDE A BERMEJO UNA SOLUCION.

Un centenar de funcionarios de Justicia se manifestó ayer en apoyo a los compañeros encerrados en el Ministerio para conseguir que se fije una nueva mesa de negociación. El presidente de la Abogacía, Carlos Carnicer, ha solicitado por escrito al ministro Fernández Bermejo que «haga lo necesario» para conseguir «el fin inmediato» de la huelga iniciada el 4 de febrero en demanda de una igualdad retributiva con los funcionarios transferidos.


El Supremo mantiene el asilo político a Severo Moto
Estima el recurso del líder opositor de Guinea Ecuatorial y revoca la decisión del Gobierno
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El presidente se reúne hoy con los líderes socialistas de la Unión
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España y Brasil se reunirán a final de mes para abordar la 'crisis de las expulsiones'
Moratinos y su homólogo hablan por teléfono para «limar asperezas» por las inadmisiones de viajeros en los aeropuertos de los dos países
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Los brasileños son el segundo colectivo más rechazado por la Policía en Barajas
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Morín practicó abortos a niñas de 13 años y a mujeres embarazadas de siete meses y medio

El doctor admitió las irregularidades ante la juez - Las pacientes no se quedaban a pernoctar en las clínicas tras la intervención quirúrgica

XIANA SICCARDI

BARCELONA.-
Las clínicas del doctor Carlos Morín practicaron gran cantidad de abortos a adolescentes de hasta 13 años, según reconoció él mismo durante su declaración ante la juez. Es uno de los datos que se desprenden del voluminoso sumario del caso, de más de 4.000 folios.

El sumario recoge detalles sobrecogedores sobre cómo se realizaban las intervenciones. Según declaró el mismo Morín ante la juez, en una de sus clínicas se llegaban a practicar «entre 40 y 50 abortos a la semana»; y era también responsable de otro centro, por lo que esta cantidad fácilmente puede llegar a doblarse. Por los abortos cobraba entre 1.000 y 4.000 euros, en función del estado de gestación de la mujer. El día que la Guardia Civil entró a registrar sus centros, el pasado mes de noviembre, se incautó de 145.050 euros, según consta también en el sumario, informa Europa Press.

El dinero que se exigía por los abortos se ingresaba en metálico, por lo que no se descarta que los imputados por estos hechos pudieran ser acusados, también, de un delito de fraude a Hacienda.

Morín explicó ante la juez que si el feto tenía menos de 12 semanas, se realizaba una aspiración. Si éste tenía entre 12 y 20 semanas, se le extraía vivo, aunque no consta en el informe de la Guardia Civil la manera exacta de cómo, después, se deshacían de él. Si tenía, en cambio, más de 20 semanas, se le mataba dentro del vientre de su madre, a quien previamente se le había aplicado una dilatación química que a veces no era suficiente. En esos casos, se aplicaba un dilatador físico, que permitía la salida del feto en el plazo de entre tres y seis horas.

En los informes sobre escuchas telefónicas de médicos colaboradores de Morín figuran casos de abortos a mujeres encinta de siete meses y medio. Si todos los abortos que se practicaban en las clínicas de Morín tenían algo en común, era que en ninguna ocasión las mujeres se quedaban a pernoctar en él. Era cuestión de reducción de costes. Así, la mujer que estaba embarazada de pocas semanas podía abandonar el centro el mismo día, de la misma forma en que debía hacerlo la que acababa de abortar de siete meses. Según las fuentes consultadas por este diario, para abortos de ese tipo «el tiempo de observación normal debería ser de uno o dos días», extremo que se incumplía en los centros de este ginecólogo.

Los informes realizados a las clínicas abortistas revelan, también, numerosas irregularidades. Probablemente la mayor de ellas es la que tuvo lugar en el año 2006, cuando la televisión pública danesa emitió el reportaje con cámara oculta donde se veía a Morín aceptando realizar un aborto a una mujer embarazada de 30 semanas, por 4.000 euros. Después de que dicho reportaje llegase a España, fue Morín quien llamó al Departamento de Salud de la Generalitat para ofrecerse a una inspección. La Generalitat no lo hizo antes motu proprio, en ningún momento. Ni siquiera cuando el diario inglés Sunday Telegraph ya relató, en 2004, las actividades ilegales del doctor Morín.

Cuando los inspectores de la Generalitat examinaron su clínica ya había pasado un mes. Según el informe aportado por Salud, las clínicas de Morín no habían comunicado todos los abortos realizados durante el año 2006, entre otras irregularidades.
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